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Artículo UNICO de la Ley 3.123

Concede un suplemento de $ 100,000 al presupuesto del ministerio de instrucción publica del año 1916 para creacion de nuevas escuelas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23757 / 5955053.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.-Concédese un suplemento de cien mil pesos ($ 100,000) al ítem 2,139, partida 22, del Presupuesto de Instrucci�n Pública.