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Artículo UNICO de la Ley 3.141

Autoriza la devolucion de $ 1,202.81 pagados por derechos de internacion de un cajon con sombreros i otro con instrumentos de musica perteneciente, respectivamente a la sociedad de socorros mutuos de talcahuano i club musical sarjento aldea, de la misma ciudad.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23764 / 5955071.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para devolver a don Juan M. Maldonado la suma de un mil doscientos dos pesos ochenta i un centavos ($ 1,202.81) moneda corriente, enterados en la Aduana de Talcahuano, por pago de derechos de internacion de las pólizas números 3,176 i 3,172 correspondientes a un cajon de instrumentos para banda de músicos i un cajon con sombreros, respectivamente, para el club musical "Sarjento Aldea" de Socorros Mútuos de Talcahuano.