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Artículo 44 de la Ley 4.533 · Impuesto sobre herencias y donaciones

Impuesto sobre herencias y donaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 237759 / 9053315.

Texto oficial

Art. 44. El decreto que concede la posesión efectiva de la herencia será publicado y fijado en la forma que se determina en el artículo 28, reduciéndose a uno el número de avisos. El juez ordenará su inscripción previo certificado de haberse cumplido estos trámites.