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Artículo UNICO de la Ley 3.175 · Modifica el articulo 57 de la lei de alcoholes

Modifica el articulo 57 de la lei de alcoholes

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23786 · idParte: 7166406

Texto oficial

ARTICULO UNICO.-Se reemplaza el artículo 57 de la lei número 3,087, de 13 de Abril de 1916, por el siguiente: "Artículo 57.-Para los efectos del pago del impuesto por produccion de vinos i chichas se considerará como "hectárea" la fraccion que exeda de media hectárea i como "media hectárea" la fraccion que no alcance a esta superficie"