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Artículo UNICO de la Ley 3.199 · Concede derecho a jubilar al ministro de chile en francia, don federico puga borne

Concede derecho a jubilar al ministro de chile en francia, don federico puga borne

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23805 / 5955235.

Texto oficial

ARTICULO UNICO.- Se concede al Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario de Chile en Francia, don Federico Puga Borne, el derecho de jubilar con una pension igual al sueldo actual de un Ministro de la Corte Suprema de Justicia.