Texto oficial
Artículo transitorio. En el primer plan anual que prepare el Presidente de la República en virtud de la letra d) del artículo 2.o, se destinará sólo el 45% de los fondos consultados en el artículo 1.o, y el 5% restante será entregado a la Caja de Crédito Minero para capital de compra de minerales".