Texto oficial
Artículo 2º transitorio.- Las licitaciones para abastecer suministros regulados que las distribuidoras efectúen durante el primer año de vigencia de esta ley se sujetarán, en cuanto a sus plazos, requisitos y condiciones, a las disposiciones de esta ley y a las que se establezcan por resolución exenta de la Comisión Nacional de Energía.