Texto oficial
Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de veinticuatro mil pesos ($ 24,000) en construir un lazareto de leprosos y una escuela en la Isla de Pascua y para atender las demas necesidades de beneficencia y conservacion de la hacienda fiscal de dicha isla.
Este gasto se deducirá de las entradas que el Fisco ha obtenido por arrendamiento. de la isla.