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Artículo UNICO de la Ley 3.221

Dispone que los bonos hipotecarios de las cajas de ahorros estaran exentos del pago de las contribuciones que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23824 / 5955323.

Texto oficial

ARTICULO UNICO. Los bonos hipotecarios de la Caja Nacional de Ahorros i de la Caja de Ahorros de Santiago i los que estas instituciones adquieran para sí con los depósitos del público, estarán exentos del pago de las contribuciones establecidas por la lei número 3,091, de 13 de Abril de 1916.