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Artículo UNICO de la Ley 3.260 · Lei núm. 3,260, que concede una indemnizacion a don alberto baeza espiñeira

Lei núm. 3,260, que concede una indemnizacion a don alberto baeza espiñeira

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23843 / 7166474.

Texto oficial

Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de $ 50,000 en indemnizar al ex-contratista, don Alberto Baeza Espiñeira, los perjuicios orijinados en la provision del rancho de los Cuerpos de la II Division Militar, durante el año 1914.