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Artículo UNICO de la Ley 3.286

Lei num. 3,286, que concede fondos para pagar el saldo que se adeuda por la impresión del tomo 8.° de la recopilacion de leyes por orden numerico.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23865 / 8276158.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese la suma de ocho mil setecientos sesenta pesos ($ 8,760) para pagar el saldo que se adeuda del valor de la impresion del tomo 8.° de la Recopilaci�n de Leyes arregladas por la Secretaría del Consejo de Estado, i para gratificar al personal de esta Secretaría que tuvo a su cargo la confeccion de la obra. El gasto que consulta el inciso anterior, se deducirá de la mayor entrada que en el presente año ha producido el Telégrafo del Estado.