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Artículo UNICO de la Ley 3.292

Lei num. 3,292, que aumenta la suma que se consulto para atender a las embajadas a que se refiere la lei num. 3,263.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23871 / 7166513.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase en quince mil pesos ($ 15,000) la suma consultada en la lei número 3,263, de 28 de Agosto de 1917, para atender a los gastos que demanda la atencion oficial de las Embajadas Especiales Estranjeras que visitan el pais de regreso de Bolivia i de paso para sus respectivos paises, debiendo deducirse esta suma de las mayores entradas consulares en el año en curso. Esta lei rejirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.