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Artículo UNICO de la Ley 15.308

Aumenta, por gracia, la pension de doña rebeca honorato viuda de urrutia y don basillo urrutia honorato

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238765 / 6528104.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, a ochenta escudos mensuales la pensión de que disfruta doña Rebeca Honorato viuda de Urrutia y don Basilio Urrutia Honorato, por ley N.o 12.365, de 11 de Diciembre de 1956, con derecho de acrecer entre ellos. El mayor gasto me significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.