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Artículo UNICO de la Ley 15.345 · Aumenta, por gracia, la pension de doña carmen urrutia viuda de alcayaga

Aumenta, por gracia, la pension de doña carmen urrutia viuda de alcayaga

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238793 / 6528188.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, a sesenta escudos (Eº 60) la pensión de que actualmente disfruta doña Carmen Urrutia viuda de Alcayaga, en virtud de la ley N.o 12.980. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.