Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, al profesor del Liceo de Valparaiso, don José María Ladrón de Guevara, el derecho de jubilar con la pension anual de ocho mil cuatrocientos pesos ($ 8,400).
Lei num. 3,304, que concede derecho a jubilar a don jose maria ladron de guevara.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23882 / 5955524.