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Artículo UNICO de la Ley 3.307 · Lei núm. 3,307, que suplementa el presupuesto de guerra.

Lei núm. 3,307, que suplementa el presupuesto de guerra.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23885 / 7166544.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de cien mil pesos ($ 100,000) al ítem 68 de la partida 3.a del Presupuesto de Guerra vijente. El gasto se deducirá del producto del arrendamiento de terrenos fiscales de Magallánes.