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Artículo UNICO de la Ley 15.356 · Concede pension, por gracia, a don claudio nuñez carvajal

Concede pension, por gracia, a don claudio nuñez carvajal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238858 / 6528334.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Claudio Núñez Carvajal, una pensión mensual de setenta escudos (Eº 70,-). El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem respectivo del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.