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Artículo UNICO de la Ley 15.371

Concede pension, por gracia, a doña gabriela duco viuda de echeverria y a sus tres hijas solteras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238863 / 6528349.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Gabriela Duco viuda de Echeverría, y a sus tres hijas solteras, Gabriela, Gloria y Josefina Echeverría Duco, una pensión mensual de Eº 150, con derecho de acrecer entre ellas. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.