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Artículo UNICO de la Ley 15.361 · Concede pension, por gracia, a don luis urrutia roa

Concede pension, por gracia, a don luis urrutia roa

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238866 / 6528358.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Luis Urrutia Roa una pensión de ciento cincuenta escudos mensuales. El gasto que importe esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.