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Artículo UNICO de la Ley 15.367 · Concede pension, por gracia, a don luis guerra alvarez

Concede pension, por gracia, a don luis guerra alvarez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238873 / 6528379.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión de Eº 75 mensuales a don Luis Guerra Alvarez. El gasto que importe esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.