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Artículo 53 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley de hacienda nº 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238919 / 8666132.

Texto oficial

Artículo 53.- Las mercancías que vayan a ser DFL Hacienda 1/97 embarcadas, serán presentadas a la Aduana y quedarán bajo Art. 61 su potestad. Se entenderán presentadas por la aceptación por parte de la Aduana del correspondiente documento de salida. La compañía transportista verificará el efectivo embarque de las mercancías, sin perjuicio de que la Aduana pueda practicar revisiones selectivas, incluso del manifiesto de salida.