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Artículo UNICO del Decreto 84

Promulga la convencion internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238928 / 6528817.

Texto oficial

Artículo único.- Promúlgase la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, adoptada el 18 de diciembre de 1990; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.