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Artículo UNICO de la Ley 3.325 · Lei num. 3,325, que concede derecho a jubilar a don daniel valenzuela perez.

Lei num. 3,325, que concede derecho a jubilar a don daniel valenzuela perez.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23895 / 8276184.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, al Secretario de la Cámara de Senadores, don Daniel Valenzuela Pérez, el derecho a jubilar con una pension equivalente al sueldo íntegro del empleo que actualmente desempeña.