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Artículo UNICO de la Ley 16.158 · Concede pension, por gracia, a doña elena merino villegas viuda de clares

Concede pension, por gracia, a doña elena merino villegas viuda de clares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 238982 / 6528977.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Elena Merino Villegas, viuda del ex notario público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Copiapó don Oscar Guillermo Clares Núñez una pensión de setenta escudos mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.