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Artículo UNICO de la Ley 16.186 · Concede pension, por gracia, a doña edith luisa gomez viuda de navarro

Concede pension, por gracia, a doña edith luisa gomez viuda de navarro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 239074 / 6529415.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Edith Luisa Gómez Monsalve viuda de Navarro; una pensión mensual de veinticinco escudos, de la que gozará sin perjuicio de la pensión de montepío que actualmente percibe. El gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.