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Artículo UNICO de la Ley 3.345 · Lei núm. 3,345, que suplementa el presupuesto de guerra.

Lei núm. 3,345, que suplementa el presupuesto de guerra.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23912 · idParte: 7166571

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de catorce mil doscientos pesos ($ 14,200) al ítem 203, partida 10, del Presupuesto de Guerra, que consulta fondos para atender a los gastos jenerales de la Escuela de Aeronáutica Militar.