Texto oficial
Artículo único.- Concédese un suplemento de catorce mil doscientos pesos ($ 14,200) al ítem 203, partida 10, del Presupuesto de Guerra, que consulta fondos para atender a los gastos jenerales de la Escuela de Aeronáutica Militar.
Lei núm. 3,345, que suplementa el presupuesto de guerra.
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