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Artículo 1 de la Ley 3.363

Lei num. 3,363, que autoriza la adquisicion de la propiedad signada con el num. 1,292 de la calle agustinas de santiago.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23926 · idParte: 5955668

Texto oficial

Artículo 1.° Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la cantidad de quinientos mil pesos ($ 500,000), en la adquisicion de la casa i sitio núm. 1,292 de la calle Agustinas de esta Capital. El pago se efectuará por anualidades de ochenta i tres mil trescientos treinta i tres pesos, treinta i tres centavos ($ 83,333.33), durante tres años, con el interes de 8% anual. El Gobierno reconocerá una deuda de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250,000) a la Caja de Crédito Hipotecario, que grava la propiedad.