Saltar al contenido

Artículo 29 de la Ley 3.379 · Sobre caja de retiros i de prevision social de los ferrocarriles del estado

Sobre caja de retiros i de prevision social de los ferrocarriles del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23934 / 8197598.

Texto oficial

ART. 29.- INCISO 1°.- DEROGADO. No estarán comprendidos entre los empleados a jornal a que se refiere LEY 3997, el inciso anterior, los peones ocupados en las maestranzas i Art 14 demas secciones.