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Artículo UNICO de la Ley 3.391 · Lei num. 3,391, que concede derecho a jubilar a don domingo cadiz.

Lei num. 3,391, que concede derecho a jubilar a don domingo cadiz.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 23946 · idParte: 8276262

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Domingo Cádiz, ex-Administrador de Correos de Quillota, derecho a jubilar con arreglo a los años que sirvió como Oficial 1.° de la Administración de Correos de Copiapó i como Administrador de Correos de Constitución, i al sueldo de que gozaba en este último empleo.