Texto oficial
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de ochenta mil pesos ($ 80,000) en cubrir los gastos ocasionados por la visita al pais del Almirante Caperton i su Estado Mayor.
Lei num. 3,407, que concede fondos para cubrir los gastos ocasionados por la visita del almirante caperton.
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