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Artículo UNICO de la Ley 3.422 · Lei num. 3,422, que concede un anticipo de $ 400,000 a la municipalidad de viña del mar.

Lei num. 3,422, que concede un anticipo de $ 400,000 a la municipalidad de viña del mar.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 23962 / 8276281.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para anticipar, de rentas jenerales, a la Municipalidad de Viña del Mar hasta la cantidad de cuatrocientos mil pesos ($ 400,000) con cargo a la parte de fondos que la Tesorería Fiscal de Valparaiso perciba por los impuestos de haberes i de patentes profesionales e industriales en conformidad a la lei número 2,712, de 25 de Noviembre de 1912 i que debe ser devuelta a la respectiva Municipalidad. Este anticipo se invertirá esclusivamente en las obras de defensa de las playas de Viña del Mar i en las reparaciones del pavimento destruido, adyacente a esta defensa. El Presidente de la República fijará la forma de pago de este anticipo i las condiciones en que se harán los jiros.