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Artículo 10 de la Ley 20.033

Modifica la ley nº 17.235, sobre impuesto territorial; el decreto ley nº 3.063, sobre rentas municipales; la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, y faculta a las municipalidades para otorgar condonaciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 239628 / 8372804.

Texto oficial

Artículo 10.- Déjase sin efecto, a contar del día 1 del mes subsiguiente al de publicación de la presente ley, el beneficio en favor del Servicio Nacional de Menores del 18% de las multas impuestas por los juzgados de policía local, que establece el inciso segundo del artículo 55 de la ley Nº 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, pasando el referido porcentaje, a contar de dicha fecha, a ser de beneficio de las respectivas municipalidades. En virtud de lo dispuesto precedentemente, derógase, a contar de la misma fecha señalada en el inciso anterior, el citado inciso segundo del artículo 55 de la ley Nº 15.231.