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Artículo UNICO de la Ley 3.476 · Lei núm. 3,476, que concede fondos para enviar una;embajada al brasil.

Lei núm. 3,476, que concede fondos para enviar una;embajada al brasil.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24000 / 5955955.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000) en cubrir los gastos que demande el envío al Brasil de una Embajada Especial Estraordinaria.