Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 3.495

Lei num. 3,495, que declara exentas de impuestos durante los años 1919 i 1920 ciertas propiedades urbanas de la comuna de copiapo i ausilia a esa municipalidad.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24016 / 8276368.

Texto oficial

Artículo 1.° Se autoriza al Presidente de la República para que durante los años 1919 i 1920, declare exentas del pago de la contribucion fiscal i municipal sobre haberes muebles e inmuebles, las propiedades urbanas de la comuna de Copiapó, cuyo avalúo fiscal sea inferior a diez mil pesos.