Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 3.507 · Lei num. 3,507, que concede fondos para la casa de salud de san jose de maipo.

Lei num. 3,507, que concede fondos para la casa de salud de san jose de maipo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24023 / 8276375.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de ciento diez mil quinientos ochenta i dos pesos ($110,582) en atender a los trabajos complementarios e instalaciones en la Casa de Salud de San José de Maipo.