Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 3.511 · Lei núm. 3.511, que concede derecho a jubilar a don enrique gonzález edwards

Lei núm. 3.511, que concede derecho a jubilar a don enrique gonzález edwards

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24027 / 8276407.

Texto oficial

Artículo único.- En atencion a los servicios prestados a la Cámara de Diputados por el Secretario de ella, don Enrique González Edwards, que se encuentra imposibilitado para continuar en el desempeño de sus funciones, concédesele el derecho de jubilar con el sueldo íntegro asignado a su empleo.