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Artículo UNICO de la Ley 3.517

Lei núm. 3,517, que autoriza la compra del predio que ocupa la planta elevadora de agua del alcantarillado de antofagasta.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24031 / 8276419.

Texto oficial

Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para adquirir de la sucesion de don Eduardo Le-Fort, por la suma de veintiseis mil trescientos cuarenta pesos ($ 26,340) el predio que ocupa la planta elevadora de agua del servicio de alcantarillado de Antofagasta i que mide una superficie de 1,317 m. cuadrados. Autorízase, igualmente, para que pague a la indicada sucesion los intereses del 6% sobre dicha cantidad desde el 7 de Junio de 1912, fecha de la sentencia que condena al Fisco, hasta el dia del pago. El valor de esta adquisicion i sus intereses se deducirá del excedente que produzcan las entradas del servicio respectivo.