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Artículo UNICO de la Ley 15.400 · Aumenta, por gracia, la pension de doña maria montaner viuda de cerda

Aumenta, por gracia, la pension de doña maria montaner viuda de cerda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240314 / 6533786.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, en treinta escudos (Eº 30) mensuales, la pensión de que disfruta doña María Montaner viuda de Cerda, hija de don Luis Montaner Vergara, por las leyes N.os 8.212, de 26 de Septiembre de 1945; 12.161, de 11 de Octubre de 1956, y 13.555, de 21 de Octubre de 1959. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.