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Artículo UNICO de la Ley 15.402

Concede pension, por gracia, a doña maria ines mora del solar, a doña maria pia y a doña paula fernanda salas mora

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240316 / 6533792.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Inés Mora del Solar y a doña María Pía y doña Paula Fernanda Salas Mora, con derecho a acrecer entre ellas, una pensión mensual de ciento cincuenta escudos (Eº 150.-), sin perjuicio de la pensión de montepío de que disfrutan en la actualidad. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.