Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 15.425 · Concede pension, por gracia, a don ernesto peña villafaña

Concede pension, por gracia, a don ernesto peña villafaña

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240324 / 6533816.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Ernesto Peña Villafaña una pensión de treinta escudos mensuales. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.