Texto oficial
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Ramón Olivares Olivares una pensión de Eº 10 mensuales.
El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Concede pension, por gracia, a don ramon olivares olivares
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