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Artículo UNICO de la Ley 15.410 · Concede pension, por gracia, a don efrain morales amigo

Concede pension, por gracia, a don efrain morales amigo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 240331 · idParte: 6533837

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Efraín Morales Amigo una pensión vitalicia ascendente a la suma de cuarenta escudos (Eº 40) mensuales. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.