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Artículo UNICO de la Ley 15.411 · Concede pension, por gracia, a don juan muñoz urrutia

Concede pension, por gracia, a don juan muñoz urrutia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240332 / 6533840.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Juan Muñoz Urrutia una pensión de Eº 45.- mensuales. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.