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Artículo UNICO de la Ley 3.522

Lei num. 3,522, que autoriza la venta de unos terrenos arrendados a la sociedad nacional de tejidos, santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24035 / 5956082.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para que venda a la "Sociedad Nacional de Tejidos, Santiago", por el precio de ciento cincuenta mil pesos ($ 150,000), pagaderos al contado, los terrenos i edificios que fueron concedidos en arrendamiento a la "Sociedad Nacional de Tejidos, Santiago" con arreglo al contrato de 22 de Marzo de 1871, i que se encuentran ubicados en el departamento de Santiago, entre el Cerro San Cristobal i el camino de El Salto o Avenida Valdivieso.