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Artículo UNICO de la Ley 3.528 · Lei núm. 3,528, que suplementa el presupuesto de marina

Lei núm. 3,528, que suplementa el presupuesto de marina

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24041 / 7166758.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de cuatrocientos mil pesos ($400,000) al ítem 546 del Presupuesto de Marina vijente. Déjase sin invertir igual cantidad del ítem 778 del indicado Presupuesto.