Saltar al contenido

Artículo UNICO de la Ley 15.435 · Concede pension, por gracia, a doña victoria saavedra viuda de orjikh

Concede pension, por gracia, a doña victoria saavedra viuda de orjikh

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240517 / 6534532.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Victoria Saavedra viuda de Orjikh una pensión de Eº 60 mensuales, de la que gozará sin perjuicio del montepío que percibe. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.