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Artículo UNICO de la Ley 15.456

Concede pension, por gracia, a doña mirta juliana judith martinez fernandez viuda de hewstone

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240525 / 6534556.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Mirta Juliana Judith Martínez Fernández viuda de Hewstone una pensión mensual ascendente a Eº 75, de la cual gozará sin perjuicio de la que actualmente percibe por concepto de montepío causado por su cónyuge don Gustavo Hewstone Aldunate. El mayor gasto que importe la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.