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Artículo UNICO de la Ley 15.481 · Concede pension, por gracia, a doña ema bravo viuda de henriquez

Concede pension, por gracia, a doña ema bravo viuda de henriquez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 240532 / 6534577.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ema Bravo viuda de Henríquez, una pensión mensual ascendente a la suma de ochenta escudos (Eº 80). El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.