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Artículo UNICO de la Ley 3.562 · Lei núm. 3,562, que suplementa el presupuesto de guerra

Lei núm. 3,562, que suplementa el presupuesto de guerra

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24071 / 7166814.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de nueve mil pesos ($ 9,000) al ítem 106 de la partida 4.a del Presupuesto de Guerra vijente. El gasto se deducirá del íten 101 del mismo Presupuesto, para cuyo efecto se rebaja este ítem en la cantidad indicada.