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Artículo UNICO de la Ley 3.564 · Lei núm. 3,564, que suplementa el presupuesto de guerra

Lei núm. 3,564, que suplementa el presupuesto de guerra

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24073 / 7166817.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese un suplemento de dos mil quinientos pesos ($ 2,500) al ítem 62 de la partida 2.a del Presupuesto de Guerra vijente, i de doce mil quinientos pesos ($ 12,500) al ítem 64 de la misma partida. El gasto se deducirá del ítem 59 del Presupuesto de Guerra vijente, que se rebaja de la cantidad consultada.